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DECRETO SOBRE EL USO OBLIGATORIO DEL NUEVO MISAL ROMANO

DECRETO SOBRE EL USO OBLIGATORIO DEL NUEVO MISAL ROMANO

Con agradecimiento e ilusión recibe mi parroquia el decreto de nuestro Obispo sobre el uso obligatorio del nuevo misal.

Muchos años de trabajo, muchas personas expertas, han trabajado en esta empresa de traducción, precisión y mejora, para seguir aplicando la reforma conciliar. La autoridad eclesial lo promulga ¡Bienvenid el Nuevo Misal y gracias a la Iglesia en España y a su Conferencia Episcopal, que lo han hecho posible!

Este es el Decreto Episcopal:

             La Conferencia Episcopal Española, en virtud de las facultades que le confiere el Derecho, aprobó, con voto cualificado, en su XCV Asamblea Plenaria, reunida en Madrid entre los días 19 al 23 de abril de 2010, la versión española correspondiente a la Editio typica tertia Missalis Romani emendata.

            Enviado a Roma el texto aprobado y la documentación pertinente, la recognitio de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos se produjo por decreto del 8 de diciembre de 2015 ( Prot. N. 3/11/L).

            Esta versión, que debe ser considerada típica en todas las Diócesis de España, deberá comenzar a utilizarse en la misa vespertina del I Domingo de Cuaresma, el sábado 4 de marzo de 2017, y su uso será obligatorio, a partir de ese momento, en todas las misas que se celebren en lengua española en nuestra Diócesis.

            Y, para que conste a los efectos oportunos, expido y firmo el presente decreto en Logroño, a catorce de febrero de dos mil diecisiete, fiesta de los Santos Cirilo y Metodio, Patronos de Europa

                       + Carlos Escribano Subías

      Obispo de Calahorra y La Calzada – Logroño

 

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